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PORQUE CONTRATAR UN SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJES

PORQUE CONTRATAR UN SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJES

PORQUE CONTRATAR UN SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJES

Los seguros para viajes son una excelente  alternativa al momento de viajar. Son muchos los motivos por los que en la actualidad las personas se desplazan de una ciudad a otra, de un país a otro o incluso de un continente al otro: Vacaciones, viajes de negocios, formación, turismo cultural, deportes de aventura, etc. En cualquier caso, los imprevistos con los que se puede encontrar durante un viaje, es por ello que un segur de viajero es imprescindible, y para visitar algunos países hasta forzoso. Con el  usted estará protegido durante su estancia en el extranjero.

Debido a la inevitable exposición que sufre el viajero frente a diversos cambios climáticos, alimenticios, culturales y lingüísticos, entre otros, que pueden derivar con un regreso anticipado al país de origen o un gasto excesivo de dinero en atención médica, estos seguros para viajes, son eficaces, accesibles y ofrecen la protección que toda persona se merece ante cualquier inconveniente

Con una  llamada telefónica, el viajero podrá contar con las prestaciones necesarias, asistencia inmediata en el preciso lugar del hecho, sin trámites adicionales, sin demoras y con atención personalizada a cargo de un equipo altamente capacitado para resolver situaciones extremas.

Para los viajeros frecuentes, existe una cobertura internacional multiviajes, que con un pago anual, los protege en los viajes a realizar durante todo el año, mientras la estadía en el exterior, no supere los 30, 60 o 90 días, según el plan contratado. El costo de esta cobertura puede variar, de acuerdo a la cantidad de viajeros, la edad de los mismos, el origen y el destino.

 

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Cambios en las Polizas de Gastos Médicos para este 2013

Cambios en las Polizas de Gastos Médicos para este 2013

Cambios en las Polizas de Gastos Médicos para este 2013

 

Según una circular emitida por la autoridad, en Marzo del próximo 2013 habrá cambios muy importantes que la COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS está obligando a las aseguradoras a realizar, y que indudablemente traerán otras perspectivas acerca de las pólizas en este ramo.

 

¿Que cambios?, Entre alguno de ellos se encuentra la eliminación de las sumas aseguradas sin límite, las aseguradoras tendrán que señalar topes de cobertura en sus sumas aseguradas.

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Cambios en la Ley Federal del Trabajo (RC de Autos)

Cambios en la Ley Federal del Trabajo respecto a la cobertura de Responsabilidad Civil

Esto ( los costos económicos ) ya no es verdad, pues en los cambios a la ley federal del trabajo, recién promulgada por el gobierno federal recientemente, ( 30 de noviembre del 2012 ) , han cambiado radicalmente los montos ( 5,000 días de salario mínimo, como indemnización por muerte de un trabajador , $3;745,803.00 pesos en el Distrito Federal, por una muerte en un accidente de tránsito ) que se tendrán que pagar a los deudos de una persona a quien se le ha quitado la vida, producto de un accidente vial.

Si tienes vigente una póliza de autos que cubre el riesgo de RESPONSABILIDAD CIVIL, deberás de checar muy bien las sumas aseguradas de esta cobertura, ya que deberás cuidar que cuando menos te cubra hasta cuatro millones de pesos, con el fin de que puedas hacer frente a una eventualidad de quitar la vida a un tercero, producto de un accidente vial.

Cada compañía de seguros, deberá de analizar la estrategia que lleve a sus asegurados a poder cubrir las necesidades de cobertura en este rubro de RESPONSABILIDAD CIVIL pues el mayor reto consiste en otorgar éstas facilidades de emisión, a las pólizas que ya están vigentes y que por ser previa su contratación a los cambios legales, no alcanzan a cubrir ni el 40 % de las posibles reclamaciones legales por éste rubro.

La urgencia de hacer esto es prioritaria, ya que como la ley ya cambió y está publicada su vigencia, quienes no hagan éstos cambios, están BAJO ASEGURADOS, y la póliza vigente de su auto, pudiera no servirle en caso de una reclamación por la responsabilidad civil y tu :

¿ Ya hiciste el cambio en tu póliza incrementando tu suma asegurada en Responsabilidad Civil ?

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Los Seguros una Opcion ante la Inseguridad

La inseguridad a lo largo de todo el país es latente sin embargo la mayoria de la población en lo ultimo que piensa es en como prevenir una posible perdida economica ante esta situacion, hoy es fundamental tener contemplado la contratacion de los diversos seguros existentes en las modalidades para cada tipo de situacion.

Las opciones de seguros en el mercado ofrecen diversos tipos de coberturas y precios practicamente al alcanze de cualquier persona o empresa, los tiempos en que el seguro era inalcanzable han quedado atras, el impedimento fundamental es simplemente el desconocimiento de como funcionan estos productos aunado a la poca cultura de identificar que estos productos no representan ungasto sino una inversion y lo que es mas importante la tranferecia de un riesgo propio a una compañia de seguros.

Contactanos para una estrategia de cobertura

www.aseguratemexico.com

 

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Asistencia Funeraria en las Polizas de Gastos Médicos de Plan Seguro

Asistencia Funeraria Polizas de Gastos Médicos de Plan Seguro

Plan Seguro a la Vanguardia integra a sus polizas de Gastos Medicos ASISTENCIA FUNERARIA

 

Plan seguro pone el servicio de asistencia funeraria que brinda ANEMEX, al alcance de sus Asegurados que cuentan con una Póliza individual vigente de Gatos Médicos Mayores o salud.

El servicio de Asistencia funeraria consiste en:

  1. 1.Información y orientación sobre el proceso del servicio funerario las 24 horas del día, los 365 días del año.
  2. 2.Rescate del cuerpo en el lugar del deceso, hospital, domicilio o en el SEMEFO del ministerio público (cuando sea entregado a los familiares).
  3. 3.Traslado del cuerpo desde el lugar donde ocurrió el deceso hasta el lugar donde se efectuará el embalsamado y/o velación, con una distancia máxima de 5 kilómetros a la redonda. En el D.F y Zona Metropolitana, Guadalajara, Monterrey, y áconurbadas el traslado se efectuará omitiendo la restricción de 50 kilómetros.
  4. 4.Sala de velación en funeraria,  dentro de la red de Anemex, con una capacidad de 30 o 40 personas en circulación
  5. 5.Equipo de velación cuando esta se haga en domicilio sin costo adicional (crucifijo, candelabros, banco pedestal para ataúd).
  6. 6.Ataúd metálico calibre 22 y en caso de cremación ataúd de cartuchos para velación.
  7. 7.Arreglo estético.
  8. 8.En caso de inhumación se cubre el servicio de embalsamado.
  9. 9.Servicio de cremación o inhumación
  10. 10.Urna estándar en caso de cremación
  11. 11.Traslado en carroza desde lugar de velación hasta el ligar inhumación, o cremación, dentro de los límites señalados en el punto 3.
  12. 12.Trámites de gestoríante las autoridades del Registro Civil para la obtención del acta de defunción, trámite y permiso de inhumación o cremación, trámite para obtener  los permisos de la secretaría de salud.
  13. 13.Asesoría telefóen materia  testamentaria.
  14. 14.La primera consulta de apoyo de un psicólogo especialista en tanatología a familiares (en el interior de la República, la consulta es vía telefónica). Si requieren de más consultas, estas corren por cuenta de la familia.
  15. 15.Pago de derechos en panteones civiles y municipales. Incluye el uso del terreno en la modalidad de temporalidad y la apertura y cierre de fosas. No incluye nichos. Exhumaciones, ni trabajos de albañilería.
  16. 16.Asesoría en la gestión de reclamos de seguros de tarjetas de créditos y créditos en general.

Cómo realizar este tramite:

Para solicitar el servici0o funerario, únicamente tiene que llamar al 5147 3124, 5147 3125 ó 5147 3126 del Distrito Federal, o al 01 800 849 1316 del interior de la Republica Mexicana servicio disponible las 24 horas del día, 365 días del año. Un asesor le solicitará el número de póliza junto con el nombre completo  y fecha de nacimiento del finado.

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BUPA Seguros de Gastos Medicos Internacionales

BUPA Seguros de Gastos Medicos Internacionales

BUPA Seguros de Gastos Medicos Internacionales

 Si esta buscando un Seguro de Gastos Medicos del mejor nivel, BUPA es la compañía de seguros a nivel internacional que le ofrece los más altos estándares de servicio y protección; para las necesidades más estrictas. Sus planes están diseñados para satisfacer al mas exigente de los usuarios. Con ellos encontrara la mejor protección en Seguros médicos a nivel mundial.

Algunos de los beneficios más importantes de los seguros BUPA son: No cobran coaseguro*, los tabuladores médicos son bajo el concepto de GUA (Gasto Usual y Acostumbrado) y sus planes son Internacionales* . Pues Bupa tiene presencia en mas de 190 paises.

Si desea conocer mejor sus opciones, lo invitamos a que recorra nuestro sitio, donde encontrará información y detalles. O contáctenos para asesorarle y enviarle una propuesta ya sea por medio de nuestro formulario de contacto o vía telefónica. 
*No aplica para BUPA Total

 

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SEGUROS DE GASTOS MEDICOS, BENEFICIOS GNP

SEGUROS DE GASTOS MEDICOS, BENEFICIOS GNP

SEGUROS DE GASTOS MEDICOS, BENEFICIOS GNP 

 

¿Te has preguntado si la Aseguradora de tu elección, además de lo anterior, te ofrece otros beneficios?

 Toma en cuenta que los productos de Gastos Médicos de GNP, te brindan:

- Garantía de renovación para toda la vida.

 - Tiempo ilimitado en la cobertura de padecimientos.

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Plan de Ahorro para el Retiro de GNP

 Plan de Ahorro para el Retiro de GNP

El Plan de Ahorro para el retiro de GNO (Seguro de vida PROYECTA)  (Retiro)

 

Este plan de seguro de Vida de GNP que además de garantizarle un ahorro para el retiro, le ofrece protección integral, y lo más importante, las primas de retiro son 100 % deducibles de impuestos. Planee su retiro aprovechando ventajas fiscales. Los beneficios fiscales que otorga el Artículo 218 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta son:

- Prima de Retiro: La prima de retiro es la parte de la prima total que corresponde al ahorro para el retiro. Actualmente el monto máximo a deducir es $152,000.00 pesos

- Prima de Protección: La parte correspondiente a la prima por fallecimiento y beneficios adicionales, no es deducible.

- Aportaciones Adicionales: Aportaciones adicionales no son deducibles de impuestos. Los retiros del fondo de inversión están sujetos a retención.

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Planes de Ahorro Universitario o Seguro Educativo

Planes de Ahorro Universitario o Seguro Educativo

Planes de Ahorro Universitario o Seguro Educativo

 

¿Qué es?

La competencia a nivel profesional ha aumentado en los últimos años y esta tendencia no parece cambiar en el futuro. La mejor forma para proteger a sus hijos es asegurando su educación para el futuro. Ahora más que nunca. 

¿Qué beneficios ofrece?

Asegure la educación profesional de sus hijos y ayúdeles a abrir puertas y aprovechar las oportunidades que ofrece su futuro.

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Con gusto te responderemos

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¿Para qué sirve un seguro de gastos médicos mayores?

¿Para qué sirve un seguro de gastos médicos mayores?

¿Para qué sirve un seguro de gastos médicos mayores?

Un Seguro de Gastos Médicos es un producto financiero que permite prever las consecuencias económicas de percances futuros en la salud de las personas.

El costo de este dependerá de factores como la aseguradoras, el plan o producto , la cobertura, el lugar donde se contrata, el género del contratante,  la edad, el deducible y el coaseguro. Son los factores que determinan el costo de las primas.
Si el deducible y el coaseguro es alto, el precio será menor. Y de manera opuesta entre menor sea el deducible y coaseguro el precio será mayor. Además de factores como la cobertura y alcance del plan es lo que determinara el precio.
Antes de contratar un Plan de este tipo recomendamos, asesorarse y estar familiarizado con algunos de los términos que determinan el valor de la prima (costo del seguro):


·  Riesgo de enfermedades o accidentes.- La Aseguradora evaluará el riesgo que corre la persona tomando aspectos como la edad, el estado de salud, lugar de residencia, hábitos y costumbres, entre otros
·  Pago Directo.- Esquema mediante el cual la institución paga directamente al médico y al hospital, los gastos realizados por el asegurado como consecuencia de un accidente o enfermedad cubiertos en el contrato
·  Reembolsos.- Esquema mediante el cual la institución reintegrará al asegurado los gastos que ya fueron cubiertos por el mismo, como consecuencia o derivados de un accidente o enfermedad cubiertos en el contrato
·  Suma asegurada.- Es el monto máximo que la aseguradora pagará por concepto de los gastos que se deriven de la atención médica a consecuencia de un accidente o enfermedad. En caso de superar la suma asegurada, tu deberás pagar la diferencia
·  Enfermedades y accidentes cubiertos.- Comprende todos aquellos gastos amparados por la póliza, teniendo como límite la suma asegurada contratada
·  Exclusiones.- Enfermedades y gastos que no están cubiertos por el seguro
·  Periodos de espera.- Se aplican en las enfermedades que el seguro cubre después de haber transcurrido un cierto tiempo, los cuales van desde 10 meses para maternidad hasta 5 años para ciertos padecimientos
·  Coberturas adicionales.- Son los beneficios que puedes contratar con una Aseguradora, con el fin de mejorar las condiciones del plan contratado
·  Deducible.- Es la cantidad de dinero que el asegurado debe cubrir en caso de enfermedad o accidente. La Aseguradora no pagará accidentes o enfermedades cuya atención o tratamiento implique un monto menor al deducible
·  Coaseguro.- Es un porcentaje a cargo del asegurado que se aplica al monto total de los gastos cubiertos por el seguro, una vez descontado el deducible 
Los anteriores son al menos los términos básicos que debes considerar, según propone la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras.

Ponemos a tu consideración algunas recomendaciones que ofrece la Procuraduría Federal del Consumidor al contratar un seguro de Gastos Médicos:

 1. Un seguro de gastos médicos mayores es una inversión continua y de largo plazo, preferentemente debes conservarlo toda su vida. Si este año compras un seguro y el próximo año dejas de contratarlo, perderás beneficios sobre tu póliza. En consecuencia, reflexiona sobre las posibilidades reales que tienes de pagar la prima cada año.

 2. La elección de un plan de seguro es muy compleja, por lo que es importante que recurras a la asesoría de un agente profesional de seguros.

 3. Verifica que tu agente y la compañía aseguradora que vas a contratar estén autorizados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).

 4. Un buen agente de seguros debe ofrecer varias opciones de planes y compañías. Ten cuidado con agentes que solamente ofrecen uno o unos cuantos planes, porque probablemente busquen el beneficio de la comisión que le paga la aseguradora. También desconfía de aquellos agentes que ofrecen seguros con empresas no establecidas en México. La Ley General de Instituciones y Sociedad Mutualistas de Seguros, en su artículo tercero, prohíbe contratar este tipo de seguro.

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Seguros de Gastos Medicos, como te pueden ayudar ante una Enfermedad como el Cancer

Seguros de Gastos Medicos, Cancer

Seguros de Gastos Médicos, como te pueden ayudar ante una Enfermedad como el Cáncer


¿Has escuchado alguna vez el dicho “más vale prevenir que lamentar” o el que dice “hombre (mujer) prevenido(a) vale por dos”?, nada más cierto que esto al hablar de tu salud.

El cáncer es una de las principales causas de mortalidad en todo el mundo y México no está fuera de las estadísticas: según datos del INEGI es la tercera causa de muerte en nuestro país, siendo el cáncer de mama la más frecuente en las mujeres y el prostático en los hombres. Muchas personas fallecen a consecuencia de esta enfermedad porque no cuentan con los recursos para pagar un tratamiento o en muchas ocasiones, al ser tratamientos muy largos no los continúan por el gasto que esto representa. Pero hay una forma de prevenir estos gastos: las aseguradoras ofrecen
coberturas especiales contra el cáncer en seguros de gastos médicos mayores o de vida. También lo venden como un seguro especializado en la enfermedad.

Contar con un seguro como este, te da la tranquilidad de que tu bolsillo podría afrontar esta enfermedad sin afectar tu patrimonio ni el de tus familiares. Los seguros de gastos médicos mayores pueden incluir la cobertura de cáncer que te cubre el pago de la atención médica y/o tratamientos que requieras en caso de padecerlo, a cambio del pago de una prima. Te pueden llegar a ofrecer distintas sumas aseguradas por cada tipo de cobertura en una misma póliza, veamos un ejemplo:

Adicionalmente, en algunos seguros de este tipo tienes la opción de contratar una cobertura con la cual te paguen una determinada suma asegurada cuando se presenta la enfermedad.

En todos los seguros hay un periodo de espera, este es el tiempo que debe transcurrir ininterrumpidamente a partir del inicio de la vigencia del seguro, para que se manifieste la enfermedad amparada por la póliza y tengas derecho a recibir la suma asegurada. En el caso de coberturas contra el cáncer ligadas a seguros de gastos médicos mayores el tiempo de espera suele ser de entre 90 y 180 días. Las edades de aceptación pueden ir desde los 12 años hasta los 64, pudiendo renovar hasta los 70 dependiendo de las políticas de la aseguradora. Hay algunas compañías que no te piden una edad mínima, ya que se pueden asegurar a niños desde recién nacidos.

En los seguros de gastos médicos mayores se cobra al asegurado un deducible y un coaseguro, con la finalidad de que este sea corresponsable en el siniestro. El deducible por lo general es una cantidad fija expresada previamente en tu contrato que deberás pagar para que la aseguradora te indemnice. El coaseguro es un porcentaje a cargo del asegurado que se aplica al monto total de las reclamaciones, una vez descontado el deducible, con este se evita que te excedas en los gastos contratando servicios caros. En el caso de los seguros contra el cáncer es muy común que no te cobren estos conceptos.


Indemnización en un pago 

En los seguros de vida la cobertura de cáncer se puede contratar de forma adicional dentro del mismo contrato, por lo que tendrás que pagar una cantidad extra a la prima que pagas normalmente por tu seguro, que será determinada por tu edad y la suma asegurada que desees contratar. Esta última se maneja de forma independiente a la suma que ya tienes contratada por tu seguro de vida.

En caso de que fallecieras a causa de la enfermedad sin previo aviso, es decir, que la muerte se haya dado de una forma repentina, tus beneficiarios recibirían además de la suma asegurada contratada en tu seguro de vida, la que hubieras convenido por la cobertura de cáncer, que puede ser de gran ayuda para cubrir los gastos funerarios. Pero la finalidad de contar con la cobertura de cáncer no es esa, sino el poder hacer frente a todos los gastos que se requieran en caso de presentar la enfermedad.

Por eso, una de las características de estos seguros es que ofrecen la cobertura indemnizatoria, significa que cuando se te diagnostica la enfermedad, la aseguradora te paga en vida la suma asegurada en una sola exhibición, quedando en ti la decisión del tratamiento médico o alternativo que quieras seguir o simplemente puedes gastar el dinero en lo que tú quieras (no te piden que compruebes en qué usaste el dinero).

En este tipo de seguros los periodos de espera son muy similares a los de gastos médicos mayores, aunque hay tipos de cáncer como el del aparato respiratorio (pulmón, tráquea o boca) en el que el periodo de espera es mucho más largo, entre uno y tres años. La edad que solicitan para la contratación de esta cobertura es entre los 18 y 60 años para el titular y desde recién nacidos para los dependientes económicos. En algunas aseguradoras si el cliente continúa pagando la prima y no utiliza el seguro, tiene la posibilidad de renovar el producto hasta los 69 años.

La suma asegurada por la que te puedes amparar contra el cáncer comúnmente va de los $100,000 hasta los $500,000, esto depende de cada aseguradora. La forma de indemnizarte también depende de con quién contrates, pero sobre todo del padecimiento. Algunas aseguradoras te pagan el 75% de la suma asegurada si se detecta cáncer con metástasis (cuando la enfermedad no es controlada y se invaden otros órganos) mientras que en otras te indemnizan hasta por el 100%; en los casos donde el cáncer se diagnostica como In Situ (cuando está encapsulado en un tumor y no ha afectado otro órgano) algunas aseguradoras liquidan el 25% de la suma asegurada y en otras hasta el 35%. Si posteriormente se llegara a presentar metástasis, te entregarían el restante de la suma asegurada. Un ejemplo: Elisa tiene 30 años y paga $898 de prima anual por una suma asegurada de $350,000. En caso de que se le detectara cáncer, su aseguradora la indemnizaría de la siguiente manera:

1. Si se le diagnostica metástasis, le pagaría el total de la suma asegurada, es decir $350,000 (puede ser menos, dependiendo de la aseguradora).

2. Pero si la diagnóstica como in situ le pagarían $87,500 (25%) y el resto de la suma asegurada ($262,500), quedaría como respaldo en caso de que el cáncer se volviera a presentar.

Fuente: https://www.condusef.gob.mx/Revista
Consulta más detalles de Planes de Seguros de Gastos Médicos en:
 

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SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES o SEGUROS DE SALUD

SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES o SEGUROS DE SALUD

SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES o SEGUROS DE SALUD

Es sabido por todos que hoy en día  una hospitalización tiene un fuete impacto económico y afecta de manera directa los planes de su familia y se reflejándose en su economía o  en su presupuesto. Al contar con una póliza de gastos médicos mayores usted podrá estar tranquilo en este aspecto  ya que le ofrece una serie de coberturas  para cubrir los costos de los servicios necesarios para restablecer su salud que puedan ser requeridos.

En aseguratemexico.com le ofrecemos una asesoría especializada sobre las coberturas, beneficios, limitaciones de las pólizas de gastos médicos mayores para que usted elija el que más se ajuste a sus necesidades. En  www.aseguratemexico.com  usted obtendrá la asesoría y apoyo. Usted podrá estar tranquilo de que cuenta con un respaldo que lo apoyará ante cualquier trámite, asesoría  o reclamación;  bajo la contratación de su póliza contratándola con nosotros.
Cuando Usted contrata un seguro de Gastos Médicos Mayores existen algunas consideraciones o puntos principales a considerar en un Seguro Medico:

Suma asegurada: Es el monto máximo en que la aseguradora responde dentro de la vigencia de la póliza, por una enfermedad o accidente por cada uno de los asegurados. 

Deducible: Es la cantidad inicial que debe pagar en cada evento médico, ya sea enfermedad o accidente y que sólo se cubre por parte del asegurado una vez por padecimiento.

Coaseguro: Es las participación del asegurado en el gasto procedente de cada evento médico, pudiendo en algunas compañías de seguro tener un tope máximo por padecimiento, y se puede optar por contratar la póliza sin coaseguro. 

Periodo de espera: Hay ciertos padecimientos que para estar amparados por las coberturas de la póliza requieren de una antigüedad de tiempo sin interrupciones desde su contratación inicial. Este requisito aplica para cada asegurado.

Cada póliza de Gastos Médicos Mayores maneja diferentes condiciones generales , sin embargo la mayoría cuenta con periodos de espera para algunos padecimientos. Dentro de los que de manera general podemos encontrar:

• Maternidad, circuncisión, nariz, amígdalas, hernias, cálculos, padecimientos ginecológicos, varices y sida.

•Varía según la compañía de seguros tanto en los padecimientos como en la antigüedad requerida e inclusive en la eliminación de los periodos de espera. 

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GLOSARIO DE SEGUROS

GLOSARIO DE SEGUROS

GLOSARIO DE SEGUROS


Ponemos a tu consideracion algunos de los principales terminos del Mundo de los Seguros en 

A
ACCIDENTE: Es cualquier tipo de acontecimiento imprevisto, que sucede inesperadamente por casualidad, en forma violenta y externa que produce una lesion en las personas o daño material sobre algun bien 
AGENTE DE SEGUROS : Es toda persona física o moral, cuya actividad esta regulada y autorizada la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para poder efectuar la venta de seguros, dar asesoria gratis sobre los planes de seguros de mayor conveniencia para ellos a los prospectos o asegurados en la contratación de seguros. 
AGRAVACIÓN DEL RIESGO: Es la modificación o alteración del uso diferente al indicado en la poliza del seguro, aumentando la posibilidad de un accidente o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El asegurado deberán, durante la celebracion del contrato, debera de manifestar a la Aseguradora todas las circunstancias que agraven el riesgo. 
AJUSTADOR: Es la persona física o moral que en base a sus conocimientos y experiencia, es contratada por la aseguradora para determinar el monto y valor de los daños que sean causados a bienes o personas a consecuencia de un siniestro. 
ASALTO: Es la acción, física o moral, contra una persona con el propósito de obtener sus bienes. 
ASEGURABLE: Es cualquier persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro. 
ASEGURADO: Es la persona física o moral, que con el pago de una prima de seguros, obtiene una contraprestación reflejada en el contrato de seguros. 
ASEGURADORA compañia de seguros autorizada por la SHCP, para asegurar riesgos contemplados en un contrato de seguros, llamado póliza. 


BENEFICIARIO: Es la persona física o moral que recibe los beneficios de la póliza contratada. 
BIENES: Son toda propiedad física o moral en posesión de una persona. C 

C
CANCELACIÓN: Es la rescisión de los efectos de una póliza prevista en el contrato de seguros ya sea por decisión unilateral o por acuerdo mutuo. 
CERTIFICADO DE INCLUSIÓN: Es el documento por el cual se prueba la existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben figurar las informaciones que la identifican, como son: suma asegurada, vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios, etc. 
CLAUSULAS: Son las condiciones que establecen la aseguradora y el asegurado y que se reflejan en el contrato de seguros, denominado también póliza. Existen también las condiciones especiales o particulares, que modifican o aclaran las condiciones generales. 
COASEGURO: Es la cantidad o el porcentaje que tiene que pagar el asegurado, de cualquier pago o indemnización que tenga que reembolsar la aseguradora, a consecuencia de un siniestro. 
COBERTURAS: Son las protecciones que otorga la aseguradora en la póliza y que generalmente se establecen en las cláusulas del contrato de seguros, denominado póliza. 
CONSENTIMIENTO: Es el acuerdo que existe entre el asegurado y la aseguradora y que se determina en la póliza. 
CONTRATANTE: Es la persona física o moral que paga la prima de seguros. En ocasiones es también el asegurado. 
CONTRATO DE SEGUROS: Es el acuerdo de voluntades entre dos partes. Generalmente se le llama también póliza de seguros. A través de la póliza de seguros, la aseguradora conviene, previo pago de una cantidad denominada prima, en otorgar una indemnización o reembolso al asegurado, si sucede un siniestro. 
COTIZACION: Es la estimación o costo de la prima de seguros que ofrece la aseguradora al asegurado. 
CUOTA: Es el precio en porcentaje o cantidad fija, que se le da a un riesgo, en función de la experiencia y la siniestralidad que sobre él tiene la aseguradora. 


DAÑO: Es toda pérdida personal o material que sufre una persona física o moral, en su vida o en su patrimonio. 
DAÑO MATERIAL: Es la pérdida o daño que se causa a un bien, ya sea propio o de un tercero. 
DAÑO MORAL: Es toda pérdida que se causa a una persona en su interior (en su nombre, su prestigio, etc.). 
DAÑO FISICO: Es toda pérdida que se causa a un bien material, ya sea propio o de un tercero. 
DAÑOS A TERCEROS: Es la pérdida que se causa a una persona o a un bien propiedad de otros, que no es familiar o dependiente del asegurado. 
DEDUCIBLE: Es la cantidad de dinero que en cada siniestro, tiene que desembolsar el asegurado. 
DEPENDIENTE: Es la persona que depende económica y legalmente del titular de una póliza y sobre la cual puede existir alguna responsabilidad. 
DERECHO DE POLIZA: Es la cantidad que paga el asegurado por los gastos de expedición de una póliza. Se le conoce también como recargo fijo. 
DOLO: Es la acción o maniobra fraudulenta destinada a engañar a otros. 

E
ENDOSO: Es el documento contractual que se añade a la póliza, y que puede aumentar o disminuir el importe de la prima o que puede aclarar alguna de las cláusulas del contrato de seguros. 
EXCLUSIONES DE RIESGOS: Son aquellos conceptos o riesgos que expresamente la aseguradora no da por cubiertos en una póliza 


GASTOS DE AJUSTE: Son los gastos en que incurre la aseguradora, por concepto de investigación para determinar el monto o valor de los daños que puedan existir en un siniestro. 


INDEMNIZACION: Es la cantidad que está obligada a pagar la aseguradora a consecuencia de un siniestro, después de restarle el deducible y coaseguro, si los hubiera. La indemnización puede ser pagada en especie, en dinero, reponiendo el bien dañado o reparándolo. 
INTERÉS ASEGURABLE: Es el interés económico, legal y substancial de quien desee contratar una póliza a los fines de cubrir un riesgo . Es el objeto del contrato. 


NEGLIGENCIA: Es la culpa con descuido, omisión y falta de aplicación. Falta de adopción de las precauciones debidas, sea en actos extraordinarios o en los de la vida diaria. 


PATRIMONIO: Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones susceptibles de valoración cuantitativa. 
PAGO FRACCIONADO: Es la facilidad que otorga la aseguradora, para liquidar la prima en pagos fraccionados. 
PERDIDA: Es el menoscabo que afecta la propiedad física o moral de una persona. 
PERJUICIO: Es la acción que ocasiona un daño o menoscabo material o moral a un tercero, en sus bienes o persona, por cualquier acción u omisión. 
PERSONA FISICA: Es todo individuo que actúa en forma personal. 
PERSONA MORAL: Es toda empresa o sociedad constituida de acuerdo a las leyes. Se considera también a las instituciones gubernamentales, la iglesia, el ejército, etc. 
POLIZA: Es la evidencia escrita y válida entre el asegurado y la aseguradora. Se le denomina también como contrato de seguros. 
PRIMA: Es el importe que determina la aseguradora, como contraprestación o pago, por la protección que otorga en los términos del contrato de seguros ó póliza. 
PRIMA NETA: Es el importe que cobra la aseguradora por cubrir un riesgo determinado. 
PRIMA TOTAL: Es el importe de la prima neta, al que se incluyen los derechos de póliza o gastos de expedición, el recargo por pago fraccionado si lo hubiera y el impuesto correspondiente. 


RAMO: Es el término que se utiliza para determinar el tipo o clase de seguro que existe. Hay varios ramos: de vida, de daños, de accidentes y enfermedades, de autos, de responsabilidad civil, etc. 
REASEGURO: Es la operación que realiza una aseguradora y que consiste en ceder a otra, parte o la totalidad del riesgo que asume o contrata. Generalmente esta operación se lleva a cabo en negocios grandes o muy peligrosos. 
REASEGURADORA: Es la empresa que acepta contratar un riesgo que ya aceptó y expidió otra aseguradora. En México se requiere autorización de la autoridad competente, para hacer operaciones de reaseguro. 
RECARGO FIJO: Es el importe que cobra la aseguradora para cubrir sus gastos de operación. 
RECIBO DE PRIMAS: Es el documento que expide la aseguradora como comprobante de haber recibido el pago de la prima que se determinó en la póliza. 
RECLAMACIÓN: Es el aviso o comunicación que hace el asegurado a la aseguradora, informándole que ha tenido un siniestro. 
RECUPERACION: Es la parte que recibe la aseguradora de un tercero, después de haber pagado un siniestro. 
REHABILITACION: Es el proceso que lleva a cabo la aseguradora, para dejar en vigor y vigentes todos los derechos que existen en el contrato de seguros. 
RENOVACION: Es el proceso que se efectúa entre el asegurado, la aseguradora y el agente de seguros, con el objeto de elaborar una nueva póliza por un periodo determinado. La renovación puede modificar, aumentar o disminuir las cláusulas o la suma asegurada de una póliza vencida. 
RESCISION: Es la finalización del contrato en una fecha anterior a la prevista 
RESPONSABILIDAD CIVIL: Es la obligación o compromiso que tienen las personas, físicas o morales, de reponer la propiedad de otra persona, cuando se sea responsable del daño o menoscabo en la propiedad de otros. 
RIESGO: Es la posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el siniestro previsto en las condiciones de la póliza. 
RIESGOS NO ASEGURABLES: Son aquellos que quedan fuera de la cobertura general por parte de las aseguradoras. 
ROBO: Es el delito cometido contra la propiedad privada por el que se toma con o sin violencia, lo que no le pertenece. 


SALVAMENTO: Es la recuperación que obtiene la aseguradora en un siniestro. 
SEGURO: Es el contrato por el que, mediante el pago de una prima, la aseguradora se compromete a indemnizar una eventualidad contemplada en la póliza. 
SINIESTRALIDAD: Es el porcentaje entre la prima pagada y los siniestros pagados por la aseguradora. 
SINIESTRO: Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera la obligación de indemnizar al asegurado. 
SOLICITUD: Es la forma que utiliza la aseguradora, para que el solicitante de un seguro proporcione información correspondiente al bien o persona que se pretenda asegurar y se pueda determinar el costo de la prima. 
SUBROGACIÓN: Son los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren a la aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho a la aseguradora. 
SUMA ASEGURADA: Es el valor que fija el asegurado sobre su persona o sus bienes, y que es determinante para que la aseguradora cobre la prima o haga una indemnización en caso de siniestro. 


TARIFA: Es la cantidad que determina la aseguradora en función a la experiencia de siniestralidad. 


VALOR CONVENIDO: Es la cantidad de dinero por la cual se está obligando una aseguradora, aún cuando el valor comercial del bien asegurado se otro. 
VALOR DE REPOSICION: Es la cantidad de dinero que cuesta reparar el bien asegurado. Es diferente al valor factura. 
VALOR REAL: Es el precio o valor comercial del bien asegurado. 
VENCIMIENTO: Es la fecha en que se da por termina el contrato de seguros o póliza. este finaliza a las 12 Horas u no hay prorroga 
VIGENCIA: Es el período durante el cual la aseguradora se compromete, a proteger mediante el pago de una prima, a cubrir un bien o una persona. 

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SEGURO DE CASA HABITACIÓN

SEGURO DE CASA HABITACIÓN

SEGURO DE CASA HABITACIÓN

Debido a los altos niveles de delincuencia, aunado a la exposición de nuestros bienes a fenómenos naturales como sismos, tormentas eléctricas, inundaciones, etc., es muy importante protegernos ante estos riesgos potenciales y más aún si estos pueden llegar a afectar nuestro patrimonio familiar que tanto esfuerzo requirió constituirlo.
Con el seguro para Casa Habitación podrás estar tranquilo, ya que es un paquete especialmente diseñado para cubrir los daños ocurridos a tus inmuebles y sus contenidos, gastos adicionales ocasionados por algún riesgo cubierto, el robo de dinero o menaje de casa y los sucesos de responsabilidad civil en que se incurra.
Al contratar su seguro en aseguratemexico,  recibirás  nuestro apoyo, orientación y asesoría tanto para la elección de la aseguradora y de nuestro despacho  que lo apoyará ante cualquier trámite o reclamación y todo esto sin ningún incremento en el costo de su póliza.

Con este seguro usted podrá proteger:

El edificio
Bienes cubiertos:
• Construcción material del inmueble, construcciones anexas, dependencias, bardas, rejas, patios y pisos de áreas a la intemperie.
• Instalaciones fijas sobre el nivel del suelo para los servicios de agua, aire acondicionado, drenaje y energía eléctrica.
• Aditamentos fijos al edificio.
• Albercas
• Edificios terminados, en remodelación o mejoras. 
Los contenidos
Quedan cubiertos los siguientes bienes propiedad del asegurado, mientras se encuentre en el domicilio especificado en la póliza: 
• Menaje y demás contenidos propios de una casa habitación.
• Bienes diseñados y fabricados para permanecer a la intemperie.
• Bienes propiedad del asegurado y que temporalmente se encuentran fuera, en talleres de reparación o servicio.
• Bienes que se encuentran temporalmente bajo la custodia y responsabilidad del asegurado
Pérdidas consecuenciales
• En caso de daños al inmueble, a consecuencia de un riesgo cubierto, que lo haga inhabitable, obligando al asegurado a mudarse a otra vivienda, a fin de continuar con un nivel de vida similar al que llevaba en el momento de ocurrir el siniestro y durante tiempo razonable (no mayor a 6 meses) 
• Para reconstruir dicho inmueble se cubren:
a) Remoción de escombros:
- Desmontaje, demolición, limpieza, acarreos y remoción. 
b) Gastos extraordinarios: 
- Gastos de mudanza, renta de hotel, departamento o casa.
- Gastos de almacenamiento temporal de menaje de casa.
- Si el asegurado es arrendatario la indemnización será diferencia entre la nueva renta y la que pagaba a la fecha del siniestro.
Robo con violencia y/o asalto
• Esta cobertura ampara el menaje y demás contenidos propios de una casa habitación. Se cubren artículos de uso personal y portátiles, mientras sean utilizados temporalmente fuera del predio asegurado. Además se puede cubrir joyería, orfebrería, relojes, armas, pieles con límite de suma asegurada.
Rotura accidental de cristales
• Cubre la rotura de cristales, vitrales y domos que formen parte del inmueble así como los vitrales, cubiertas, canceles, espejos, que formen parte de los contenidos 
Responsabilidad civil familiar
• Se amparan daños, perjuicios y daño moral consecuencial que el asegurado cause a terceros y por lo que deba responder, conforme a la legislación aplicable en materia de responsabilidad civil, vigente según el país de que se trate, por hechos u omisiones no dolosas que causen a dichos terceros.
• Muerte o menoscabo en la salud.
• Deterioro o destrucción de sus bienes. 
Beneficios adicionales al contar con la póliza
Algunos de los paquetes que ofrecemos en Aseguratemexico.com.mx cuentan como valor agregado a la póliza de seguro los siguientes servicios para su hogar: 
• Reparaciones imprevistas, ante una emergencia por un problema eléctrico, de plomería o de cerrajería. La compañía de seguros coordinara el envío de personal calificado que solucione la emergencia, quedando únicamente a cargo del asegurado el costo por los materiales utilizados en la reparación.
• Referencia y envío de ambulancia terrestre en caso de emergencia.


Acércate a nosotros y conoce la variedad de Planes que podemos ofrecerte. Además te sorprenderás de los beneficios y precios que podemos ofrecerte para estos planes

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Que debes de Saber SEGURO DE AUTOMOVILES

Que debes de Saber SEGURO DE AUTOMOVILES

Seguro Automoviles

Parte importane del patrimonio familiar está constituido por el auto o los automóviles. Estos se encuentran expuestos a una gran variedad de riesgos, que en caso de producirse un siniestro, afectarían considerablemente el presupuesto familiar. De ahí la fuerte demanda que existe para la contratación del Seguro de Automóviles.

Este seguro tiene por objeto proteger las unidades automotrices, diseñadas para circular en calles y carreteras, que requieren de placas para transitar. Por definición esto excluye a los vehiculos no terrestres, a los vehiculos no motorizados, y a aquéllos que no están diseñados para circular en calles y avenidas, como por ejemplo: Tractores agrícolas, carts de golf, etc.

Seguro Automoviles

Tipo de Vehículo por su Peso

De acuerdo al Artículo 3 del Reglamento de Tránsito del D.F.; los vehículos se clasifican por su Peso en:

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TERMINOS DEL SEGURO DE GASTOS MEDICOS O SEGUROS DE SALUD

TERMINOS DEL SEGURO DE GASTOS MEDICOS O SEGUROS DE SALUD

 

QUE DEBES CONOCER SOBRE EL SEGURO DE GASTOS MEDICOS

Período de espera.- Período de tiempo establecido en la póliza, a partir de la contratación del seguro, durante el cual la Aseguradora no cubre los gastos por la atención o tratamiento médico de ciertas enfermedades o padecimientos.
 
Preexistencia.- Es la enfermedad o padecimiento que se inició antes de la contratación del Seguro de Gastos Médicos y que consecuentemente no están cubiertos por el seguro.
Deducible.- Es una cantidad de dinero a partir de la cual la Aseguradora empieza a pagar el monto de la reclamación. La Aseguradora no pagará accidentes o enfermedades cuya atención o tratamiento implique un monto menor al deducible.
Coaseguro.- Es un porcentaje del total del monto que la aseguradora haya considerado como procedente para la atención o tratamiento derivado de un padecimiento, una vez que ha sido descontado el deducible. Este porcentaje también lo pagará el asegurado.
La mayoría de los seguros de gastos médicos, además del deducible, hacen que el Usuario se solidarice con ellos pagando una parte de los gastos, a lo cual se le llama coaseguro, por lo tanto lo convierten en coasegurador. El pago de esta cantidad tiene como objeto que sólo se utilice el seguro en caso de una enfermedad realmente grave, pero generalmente la Aseguradora no cobra ni deducible ni coaseguro en el caso de accidentes.

FORMAS DE PAGO EN CASO DE UTILIZAR EL SEGURO

Las formas en que la aseguradora podrá indemnizarte son:

a) Pago directo en el cual el asegurado solo paga el deducible y coaseguro y la aseguradora paga directamente al médico u hospital.
 
b) Reembolso en el cual el asegurado paga al médico u hospital y después por medio de una reclamación presentada a la aseguradora, ésta paga al asegurado los gastos que hayan sobrepasado las cantidades del deducible y del coaseguro.
Para que la compañía pueda tramitar la indemnización correspondiente, es necesario que entregues toda la documentación e información que ésta requiere, o en su defecto, que lleves a cabo los procedimientos necesarios para la reposición de tales documentos, ya que sin ellos no podrán entregarte la indemnización respectiva.

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Bienvenido al Blog de Seguros en Mexico

Este blog se ha creado para difundir la cultura de seguros en México.

 

Te damos la mas coordial bienvenida y te invitamos a que participes y lo enriquezcas

 

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