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Requisitos para tramitar un Rembolso de Gastos Médicos

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Este procedimiento puede variar de aseguradora a aseguradora. Sin embargo es muy similar en la mayoría de ellas

¿Se trata de un trámite es inicial?

Esto significa que es la primera vez que ingresaras gastos por una enfermedad o accidente, por lo cual debes considerar:

 Documentos:

Por cada Asegurado o padecimiento cubierto es necesario presentar:

  1. Formato "Aviso de accidente y/o enfermedad" (llenado y firmado por el Asegurado).
  2. Formato "informe médico" (de cada especialista que le haya brindado la atención médica).
  3. Formato "Reembolso de accidente y/o enfermedad" (llenado y firmado por el Asegurado)
  4. Comprobantes de gastos a nombre del Asegurado titular o Asegurado afectado mayor de edad, tales como:
    Recibos de honorarios médicos, recetas, factura original de medicamentos, entre otros (es importante que cuente con todos los requisitos fiscales).
  1. Resultados de análisis clínicos de laboratorio que hayan servido para llegar al diagnóstico; o de seguimiento para la evolución del padecimiento.
  2. Interpretación de estudios de:
  • Imagenología: Rx resonancia magnética, tomografía axial computarizada.
  • Gabinete: electrocardiograma, electroencefalograma, ecocardiograma, etc.
  • Patología: estudio histopatológico.
  1. Bitácora de atención: servicio de enfermería y rehabilitación física.
  2. Formato Único de Información Bancaria, copia de Identificación Oficial vigente y copia de su estado de cuenta donde señale: nombre, banco y clabe interbancaria del beneficiario.

 

¿Si un trámite es subsecuente?

Son los nuevos gastos que realizaste a consecuencia de la enfermedad o accidente que ingresó en el trámite inicial.

Documentos:

  1. Formato "Reembolso de accidente y/o enfermedad".
  2. Comprobantes de gastos a nombre del Asegurado titular o Asegurado afectado mayor de edad, tales como: Recibos de honorarios médicos, recetas, factura original de medicamentos, entre otros (es importante que cuente con todos los requisitos fiscales).
  3. Recetas médicas (solo si existe cambio en el tratamiento médico o cada 6 meses).
  4. Resultados de análisis clínicos de laboratorio o interpretación de estudios.
  5. Formato "Informe médico" (de cada especialista que le haya dado la atención médica, incluyendo fisioterapeutas).

Si se trata de una enfermedad crónica, presentar informe médico y recetas actualizadas (la mayoría de las veces cada 6 meses).

Nota: Se descontará el deducible, coaseguro contratado, gastos personales y gastos no relacionados con el padecimiento y No se reembolsarán comprobantes de gastos de instituciones de beneficencia.

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