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Parte importane del patrimonio familiar está constituido por el auto o los automóviles. Estos se encuentran expuestos a una gran variedad de riesgos, que en caso de producirse un siniestro, afectarían considerablemente el presupuesto familiar. De ahí la fuerte demanda que existe para la contratación del Seguro de Automóviles.
Este seguro tiene por objeto proteger las unidades automotrices, diseñadas para circular en calles y carreteras, que requieren de placas para transitar. Por definición esto excluye a los vehiculos no terrestres, a los vehiculos no motorizados, y a aquéllos que no están diseñados para circular en calles y avenidas, como por ejemplo: Tractores agrícolas, carts de golf, etc.
Tipo de Vehículo por su Peso
De acuerdo al Artículo 3 del Reglamento de Tránsito del D.F.; los vehículos se clasifican por su Peso en:
1. Ligeros: Aquellos con peso bruto vehicular de hasta 3.5 Toneladas.
2. Pesados: Aquellos con un peso bruto vehicular mayor a 3.5 Toneladas.
La mercancía o carga que transportan los vehículos debe describirse claramente puesto que nos puede dar una idea de la posibilidad que tiene un vehículo de sufrir un siniestro, en caso que no sea el adecuado para su transportación.
Así, si es pesada, el vehículo debe tener las especificaciones de que está construido para soportar el peso al que estará sujeto; o si es peligrosa en si misma (explosivos o sustancias químicas) necesitará dispositivos especiales para su transportación.
Algunas Compañías manejan tres tipos de mercancías o de carga:
Seguro Automoviles
En el caso de los menores de edad, se requiere de un Permiso para Conducir, que se considera como Licencia.
La suma asegurada del vehículo se puede determinar de las siguientes formas:
Para algunas coberturas como Responsabilidad Civil, Gastos Médicos a ocupantes y Asistencia Legal, la Suma Asegurada es fija, es decir, la Compañía establece la Suma Asegurada.
1. Suma Asegurada:
1. Cobertura:
2. Suma Asegurada:
2. Cobertura:
3. Suma Asegurada:
3. Cobertura:
4. Suma Asegurada:
4. Cobertura:
Seguro Automoviles
Los Seguros Obligatorios son aquellos que deben tener ciertos vehículos , por disposición de las leyes, para poder circular en via pública; un ejemplo es el Seguro de Responsabilidad Civil contra daños a terceros en sus bienes y personas mientras utilicen o viajen en el transporte público o en TAXIS (R.C. Viajero).
Un ejemplo es el SUVA, que si bien nunca se concreto la campaña con este nombre, en el Reglamento de Tránsito del D.F.; si existe la obligatoriedad para los vehículos particulares de contar, por lo menos, con la cobertura de Responsabilidad Civil.
Seguro Automoviles
Coberturas:
Los tipos de coberturas que ofrece el Seguro de Automóviles en todo el mercado Asegurador, están clasificadas en:
Las coberturas (principales, accesorias y beneficios) forman los paquetes que comercializan las Compañias Aseguradoras.
Las coberturas principales son cuatro:
Estas coberturas operan en los Estados Unidos de Norteamérica y Cánada, excepto la Responsabilidad Civil que aplica sólo en Territorio Nacional de acuerdo a la cláusula de territorialidad.
Cabe mencionar que el NUEVO Seguro de Auto de GNP SÍ cubre la Responsabilidad Civil fuera del Territorio Nacional (Consulte con su Agente Profesional).
La protección opera aún cuando los hechos que den lugar al siniestro constituyan el delito de abuso de confianza.
Cuando NO se contrata la cobertura de DAÑOS MATERIALES, quedan amparados en esta cobertura (Robo Total), los daños que sufra el vehículo por: Incendio, Rayo y Explosión, Riesgos Meteorológicos (Ciclón y Huracan, Terremoto, Alud, Inundación, etc), Caída de Árboles, Construcciones o Bardas, Personas que participen en Huelgas y Alborotos Populares y Transportación.
Los daños que el Asegurado o Contratante o Conductor cause a terceros en sus bienes o personas y que esos daños le sean imputables o se determine que son sú responsabilidad. Esta cobertura es obligatoria de acuerdo al Reglamento de Tránsito del Distrito Federal.
Ejemplos de estos daños son:
Adicionalmente se otorga una cantidad igual al límite máximo asegurado por esta cobertura para cubrir los gastos y costos por juicios civiles seguidos en contra del Asegurado, Contratante o Conductor del vehículo por los daños que ha ocacionado y que son sú responsabilidad.
Algunas Compañías Aseguradoras desglosan esta cobertura en dos:
1. Responsabilidad Civil para Bienes 2. Responsabilidad Civil para Personas
Los daños que el Asegurado, Contratante o Conductor, cause a los bienes de terceros y que esos daños le sean imputables o se determine que son sú responsabilidad.
Los daños que el Asegurado, Contratante o Conductor, cause a terceros en su persona y que esos daños le sean imputables o se determine que son sú responsabilidad.
Cuando en un mismo inciso se cubren tanto a Personas como a Bienes se le conoce como R.C. Límite Único y Combinado (LUC).
Gastos Médicos a Ocupantes
Los Gastos de Hospitalización, Médicos, Cirugía, Prótesis, Enfermeros, Servicios de Ambulancia, Medicamentos, Rehabilitación, Gastos Funerarios por Lesiones que sufran los ocupantes del vehículo asegurado.
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