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Plaza Santa Ana Blvd. Adolfo López Mateos 20, Jardines de San Mateo Naucalpan, Estado de México CP 53240 CDMX.
Tels (55) 8421-6075
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Los riesgos excluidos en el seguro de automóviles se dividen en dos:
1. Riesgos excluidos pero que pueden contratarse mediante un convenio expreso.
2. Riesgos excluidos definitivamente.
Riesgos Excluidos que pueden contratarse mediante Convenio Expreso en los Seguros Automoviles
Destinarlo a un uso o servicio diferente al indicado en la póliza que implique una Agravación del Riesgo.
Arrastrar Remolques
Utilizarlo para fines de enseñanza o instrucción de su manejo o funcionamiento
Participar directa o indirectamente con el vehículo en Carreras o Pruebas de Seguridad, Resistencia, o Velocidad
Riesgos Excluidos DEFINITIVAMENTE
Las que aplican a todas las coberturas
Las particulares de cada cobertura
Es importante aclarar que las Generales se suman a las Particulares en cada cobertura.
Exclusiones Generales
Riesgos amparados por la póliza pero NO contratados por el Asegurado
Operaciones Bélicas, Guerra Extranjera o Civíl, Insurrección, Subversión, Rebelión
Expropiación, Requisición, Confiscación, Incautación, Detención por parte de autoridad legalente reconocida que realice ese acto como parte de sus funciones.
Servicio Militar
Privación del vehículo (incuyendo perjuicio)
Transitar fuera de caminos o por lugares intransitables
Cuando se carezca de la licencia para manejar el vehículo y ello causó directamente el accidente o cuando la licencia sea la inadecuada al vehículo siniestrado (aplica en caso de Camiones y Transporte Público)
Agravación del Riesgo. Que el vehículo siniestrado no tenga las características que aparecen en la Carátula de la Póliza y que son las que distinguen al vehículo asegurado
Exclusiones Particulares de Coberturas Principales
Daños Materiales
1. Daños materiales menores al monto del deducible 2. Fallas mecánicas 3. Delito de Abuso de Confianza cometido por algún familiar del Asegurado 4. Desvielamiento por cualquier causa 5. Desgaste natural de sus partes 6. Daños por Robo Parcial, a menos que sea como consecuencia de Robo Total 7. Daños por acción normal de la marea 8. La sobre carga o tracción excesiva
Cobertura de Cristales
1. No ampara la rotura de Espejos Laterales, Calaberas, Faros o los Cristales que no sean los instalados originalmente por el fabricante
Robo Total
1. Fraude 2. Delito de Abuso de Confianza cometido por algún familiar del Asegurado, como consecuencia de la venta o compra del vehículo; por operaciones de arrendamiento, crédito o financiamiento 3. Robo Parcial cuando no es consecuencia del Robo Total
Responsabilidad Civil de Bienes
Daños a Bienes:
1. Que estén bajo la custodia del Asegurado 2. Que sean propiedad de dependientes civiles del Asegurado, Empleados, Agentes o Representantes 3. Que se encuentren dentro del vehículo Asegurado 4. Fianzas o cauciones para la defensa jurídica del conductor del vehículo 5. Daños por la carga cuando el vehículo se encuentre fuera de servicio o efectuando maniobras de carga y descarga
Responsabilidad Civil Personas
Daños a personas:
1. Por acto intencional de la víctima 2. Ocupantes del vehículo 3. Dependientes civiles del Asegurado 4. Cuando se utilice el vehículo para fines diferentes de los especificados en la póliza 5. Fianzas o cauciones para la defensa jurídica del conductor del vehículo
Gastos Médicos a Ocupantes
1. Sólo las exclusiones generales de la póliza (Consultar con su Asesor Profesional)
Exclusiones Particulares de Coberturas Accesorias
Equipo Especial
1. Las exclusiones de las coberturas de Daños Materiales y de Robo Total
Adaptaciones y Conversiones
1. Las exclusiones de las coberturas de Daños Materiales y de Robo Total
Extensión de Responsabilidad Civil
1. Cuando el Asegurado o Conductor principal maneje 2. Automovil de renta diaria 3. Camión de más de 3.5 toneladas 4. Autobus o Transporte Público
Asistencia Legal
1. No cubre gastos por Riesgos No Amparados 2. Delitos de Abuso de Confianza o Fraude 3. Cuando el Asegurado se encuentre bajo el efecto de sustancias enervantes no prescritas por un Médico
ESTADO DE EBRIEDAD
En la póliza de seguros de automoviles, el estado de ebriedad no anula el efecto de la protección en vehículos particulares, siempre que este estado NO haya contribuido directamente en la realización del siniestro.
Únicamente se anula la protección cuando se trata de Transporte Público de Pasajeros y Carga
BIENES EXCLUIDOS
1. Los bienes dentro del vehículo
Su seguridad y la de sus seres queridos es nuestra prioridad.
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